Objetivo
La NOM-004-SE-2021 tiene como objetivo establecer la información comercial que deben incluir los productos textiles, prendas de vestir, accesorios y ropa de casa que se comercialicen en México. Esta norma garantiza que los consumidores tengan acceso a información veraz y clara sobre los productos, permitiéndoles tomar decisiones informadas.
El objetivo principal es evitar prácticas engañosas y proteger al consumidor, asegurando que el etiquetado contenga información precisa sobre la composición, el país de origen y las instrucciones de cuidado del producto.
Campo de aplicación
Esta norma se aplica a todos los productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa que se comercialicen en México, tanto de fabricación nacional como importados. Abarca una amplia variedad de artículos como:
- Ropa de uso cotidiano (camisetas, pantalones, vestidos, etc.).
- Ropa de casa (sábanas, toallas, manteles, etc.).
- Accesorios de vestir (bufandas, guantes, sombreros, entre otros).
El etiquetado debe estar presente en productos que se vendan directamente al consumidor final.
Productos no sujetos a cumplimiento
No todos los productos están obligados a cumplir con la NOM-004-SE-2021. Algunos ejemplos de productos no sujetos a esta norma son:
- Productos artesanales.
- Ropa a medida que se realiza por encargo del cliente y no está disponible para venta masiva.
- Productos textiles de segunda mano.
- Muestras sin valor comercial.
Referencias normativas
La NOM-004-SE-2021 hace referencia a otras normas oficiales que complementan su aplicación:
- NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.
- NMX-A-2076-INNTEX-2013, Industria textil-Fibras químicas-Nombres genéricos (Cancela a la NMX-A-099-INNTEX-2007), publicada su declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 06 de noviembre de 2014.
- NMX-A-6938-INNTEX-2013, Industria textil-Fibras naturales-Nombres genéricos y definiciones (Cancela a la NMX-A-099-INNTEX-2007), publicada su declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 06 de noviembre de 2014.
- NMX-A-3758-INNTEX-2014, TextilesCódigo de generación de etiquetas de cuidado con el uso de símbolos (Cancela a la NMX-A-240-INNTEX-2009), publicada su declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 2017.
- NMX-A-029-INNTEX-2010, Industria textil-Tejidos de calada-Telas autoextinguibles-Especificaciones, publicada su declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2010.
- ISO 13688:2013 Protective clothing General requirements.
Estas referencias normativas aseguran la coherencia y estandarización del etiquetado en México.
Definiciones
Algunas de las definiciones clave que cubre la norma son:
- Etiqueta: Cualquier marbete, inscripción, o impresión permanente que proporcione la información comercial del producto, adherido al mismo.
- Producto textil: Cualquier material compuesto principalmente de fibras textiles naturales o sintéticas, incluyendo hilos y telas.
- Prenda de vestir: Artículos diseñados para cubrir, proteger o adornar el cuerpo humano, hechos de materiales textiles.
Requisitos de la información comercial
Según la NOM-004-SE-2021, el etiquetado debe contener la siguiente información, cabe mencionar que se debe de basar en la NOM-004 oficial para su correcto cumplimiento:
1. Composición del producto
- La etiqueta debe detallar la composición de las fibras en porcentaje, indicando el tipo de fibra textil, como algodón, poliéster, lana, etc.
- Si el producto está compuesto por múltiples partes, la composición de cada parte debe ser especificada.
2. Instrucciones de cuidado
- Deben proporcionarse instrucciones claras sobre el cuidado del producto, incluyendo lavado, secado, planchado, limpieza en seco y otros cuidados especiales.
- Esta información debe ser representada mediante texto o símbolos fácilmente reconocibles por el consumidor.
3. País de origen
- La etiqueta debe especificar claramente el país donde el producto fue fabricado o ensamblado.
- Esta información es importante para que los consumidores identifiquen la procedencia del producto.
4. Nombre, denominación o razón social y domicilio del fabricante o importador
- Se debe incluir el nombre o razón social del fabricante, importador o distribuidor del producto.
- También debe figurar la dirección del responsable, asegurando que los consumidores puedan contactar en caso de consultas o reclamaciones.
5. Tallas
- En el caso de prendas de vestir, es obligatorio incluir la talla en un formato estándar, fácilmente comprensible por los consumidores (por ejemplo, S, M, L, XL o equivalencias numéricas).
6. Idioma
- Toda la información debe estar en español, aunque se permite el uso de otros idiomas, siempre y cuando la versión en español sea prominente.
7. Formato de la información
- La etiqueta debe estar fijada al producto de manera que no se desprenda durante su uso, y debe ser claramente legible.
- La información debe ser presentada de forma ordenada y visible, asegurando que el consumidor pueda acceder a los datos sin esfuerzo.
En Steds Consultor, estamos comprometidos a ayudar a empresas a cumplir con las normas mexicanas de etiquetado de productos textiles. Si necesitas asesoría o una verificación de cumplimiento para tus productos, contáctanos. Te ayudaremos a asegurar que tus etiquetas cumplan con todos los requisitos de la NOM-004-SE-2021, evitando sanciones y protegiendo la confianza de tus clientes.
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